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¿Por qué mi empresa, que es una PYME, debe incorporar un Modelo de Cumplimiento Normativo (Modelo Compliance)?.

Por Javier Fernández Blanco, especialista en emprendimiento y finanzas

Prevención y Gestión de los Riesgos Legales en la Empresa, algo más que una visión Penal.

Desde hace años, y no sólo en el ámbito empresarial, si no utilizamos anglicismos para denominar ciertas cosas o hechos parece que no somos lo suficientemente profesionales.

En España, según los últimos datos publicados por el INE-DIRCE, existen 1.491.765 empresas con asalariados, de las cuales 1.488.677 tienen menos de 250 trabajadores, es decir, el 99,78 % de las empresas en España son PYMES.

Y según las mismas fuentes, las PYMES en España suponen casi el 80 % del empleo, esto es, casi 4 de cada 5 trabajadores están empleados en una PYME.

Los anteriores datos son demoledores y demuestran que cualquier medida, en cualquier aspecto, que se dirija a las empresas en España, debe tener en cuenta a las PYMES como protagonistas de sus efectos.

El Compliance (Cumplimiento Normativo) llegó hace más de 40 años a Estados Unidos (Foreign Corrupt Practices Act, FCPA, 1977) y más de 20 años a Europa (Convención Anticorrupción de la OCDE, 1997) y se quedó definitivamente tanto en Estados Unidos (Ley Sarbanes Oxley, 2002) como en Europa (UK Bribery Act, 2010).

En España, hemos tenido que esperar a las reformas del Código Penal de los años 2010 y 2015 y de la Ley de Sociedades de Capital del año 2014, para que se active una preocupación general por los asuntos del Compliance y por el consecuente establecimiento de los sistemas de control de nuestras empresas.

Pero ninguna reforma de nada servirá para algo si las PYMES no la protagonizan, esto es, para que los Programas de Cumplimiento Normativo alcancen sus objetivos es preciso el concurso inequívoco de las PYMES (99,79 % del tejido empresarial y el 80 % del empleo) y el establecimiento sólido de aquéllos en éstas.

Tras la introducción, contestamos a la pregunta ¿por qué mi empresa, que es una PYME, debe incorporar un Modelo de Cumplimiento Normativo (Modelo Compliance)?

  1. Porque la Ley de Sociedades de Capital establece medidas para la mejora del gobierno corporativo que me afectan como PYME y que se incorporan en mi Programa Integral de Cumplimiento Normativo.
  2. Porque el Código Penal ha establecido la responsabilidad penal de cualquier empresa, también de mi PYME (con penas desde cuantiosas multas hasta la desaparición de mi PYME), por transferencia de la responsabilidad penal de las personas físicas que forman parte de mi perímetro de dominio social (administradores, directivos, empleados, colaboradores, etc.) y ha establecido la exención de aquélla si incorporamos Programas de Cumplimiento Normativo.
    Ya existen más de 200 sentencias condenatorias por responsabilidad penal de la empresa y el Tribunal Supremo ha alertado en las suyas de “la extrema conveniencia de implantar un Programa Compliance para evitar la responsabilidad del delito corporativo”.
  3. Porque un Programa Integral de Cumplimiento Normativo establece una monitorización real y permanente en mi PYME que me permite tener procedimientos más eficientes, lo que contribuye a que mi PYME esté mejor gestionada.
  4. Porque mi PYME mejor gestionada es una empresa más visible y transparente a los ojos de todos los colectivos con los que me relaciono directa e indirectamente.
  5. Porque mi PYME mejor gestionada, más visible y transparente es más ética en su concepción y en su actividad, contribuyendo a la existencia de un tejido empresarial más responsable y reconocido por la Sociedad en su conjunto.
  6. Porque mi PYME mejor gestionada, más visible y transparente, más ética y más responsable socialmente, gozará del favor de mis clientes, que me preferirán, sin duda, frente a otras opciones.
  7. Porque mi PYME mejor gestionada, más visible y transparente, más ética, más responsable socialmente y más reconocida por mis clientes, generará más valor, mi PYME valdrá más.

Y estas 7 virtudes se resumen en 2, mi PYME debe incorporar un Programa Integral de Cumplimiento Normativo:

  1. para evitar responsabilidad civiles y penales de los Administradores y Directivos y de la propia empresa, manteniéndose mi PYME exenta de responsabilidad penal, y
  2. para incorporar variables de mejoras en la gestión, más visibilidad y transparencia, más ética y responsabilidad social e incrementar su valor y valoración.

 

Y no vale cualquier Programa de Cumplimiento Normativo. Debe ser integral (no solo Penal), adaptado a mi PYME y diseñado, implantado y mantenido con mucho rigor (no vale cualquier cosa no basada en el conocimiento y la experiencia), con independencia y exclusividad (no valen las vinculaciones de otro tipo que resten eficiencia) y con un coste muy razonable y ajustado a realidades (es una inversión que debe provocar mejores resultados económicos en mi PYME).

 

Concluimos

No tengo excusa alguna para que en mi PYME no haya un programa integral de CUMPLIMIENTO NORMATIVO